Tras los anuncios realizados por el Gobierno nacional con relación a la reconversión o disolución de siete “organismos ineficientes”, entre los que está el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), este martes se publicó finalmente el decreto en el que se precisan formalmente cuáles serán estos cambios.
Se trata de un extenso compendio normativo en el que solo la parte dedicada al INTA abarca a casi 1.800 palabras y constituye realmente un hecho histórico, más allá de las valoraciones positivas o negativas que puedan hacerse al respecto: desde 1956, año en que se sancionó la ley que crea al INTA, que no se modificaba su estructura organizativa.
Sobre todo, lo más importante y que es lo que más ha sido cuestionado por las entidades rurales: la decisión de dejar al Instituto sin autonomía, al eliminar el Consejo Directivo y reemplazarlo por un “Consejo Técnico” que solo asesorará al Gobierno de turno, que mantendrá el poder de decisión sobre el rumbo del organismo.
(Información en desarrollo)