El gobierno de Milei desactivó el “Dólar Blend” y desde este lunes habrá un nuevo dólar de referencia para calcular el precio de los granos

Medianoche del domingo, suena el himno nacional en las radios y comienza un nuevo día, que no es un día normal, porque este lunes 14 de abril de 2025 en la Argentina comienza a rodar un nuevo esquema cambiario, con una amplia flexibilización del cepo, el establecimiento de una banda de flotación para esa moneda, y la desaparición del “dólar Blend” con el que se regían las operaciones de compra y venta de granos desde finales de 2023.

Esa última medida es la que abre la edición del Boletín Oficial de este lunes. Mediante el decreto 269/25, que firma junto a todos sus ministros, el presidente Javier Milei ordenó la derogación de otro decreto, el Decreto 28 del 13 de diciembre de 2023, dictado tres días después de su asunción, que había creado un tipo de cambio especial para la liquidación de las divisas de exportación del agro y permitía utilizar el 20% de esos montos a un dólar financiero que era más elevado que el oficial. De ahí surgía el “dólar blend” entre 80% oficial y 20% Contado Con Liquidación, que permitía elevar en algunos puntos los precios en pesos que cobraba la cadena agrícola.

Ese dólar blend cerró el viernes, antes de los anuncios del equipo económico, en 1.128,88 pesos, que era el valor que se tomaba para fijar el precio de los granos en pesos. Al desaparecer el cepo y unificar el tipo de cambio en un único valor (que es lo que aspira el gobierno), luego del cierre de los mercados este lunes estas transacciones deberían realizarse a un nuevo valor que podrá oscilar en una banda entre un mínimo de 1.000 pesos y un techo de 1.400 pesos. Ya se verá.

Como sea, el dólar blend ya no existe, se derogó esta noche.

A partir de ahora, según define el nuevo decreto, “el contravalor de la exportación de servicios comprendidos en el inciso c) del apartado 2 del artículo 10 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones y de la exportación de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones o un anticipo de liquidación, se regirá por las disposiciones generales establecidas en el Decreto 609 del 1° de septiembre de 2019 y sus normas modificatorias y concordantes”.

En tanto que “los exportadores de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos en los términos, plazos y condiciones que establece la normativa vigente, correspondiéndoles la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) respectivo, considerando el contravalor previsto en el párrafo anterior”.

En los considerandos del decreto de esta medianoche, el gobierno de Milei recordó que en diciembre de 2023, cuando se estableció el dólar blend, el país “se encontraba atravesando una situación de inédita gravedad, en el marco de la cual se verificaban profundos desequilibrios macroeconómicos que impactaban negativamente sobre la totalidad de la población”. En ese momento, además, “la brecha entre el tipo de cambio oficial y el contado con liquidación (CCL) alcanzó un registro que superó el 170%, lo cual representó el valor más alto de toda la historia reciente”.

Todo lo que el agro necesita saber sobre cómo el nuevo régimen cambiario impactará en el negocio del sector

Luego de desplegar un extenso autoelogio sobre las políticas llevadas a cabo por esta gestión para normalizar la macroeconomía, Milei y su Gabinete aseguraron que “corresponde que, a medida que los desequilibrios fiscales y cambiarios se van reduciendo, se minimice la intervención del Estado Nacional en la dinámica de la oferta y la demanda y se abandonen los mecanismos artificiales de incentivos establecidos para intermediar entre un segmento y otro de la economía”.

“En ese contexto, es imperativo dejar sin efecto todas aquellas restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como también todo régimen normativo que distorsione los precios de mercado o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda, a través del pleno restablecimiento del régimen previsto en el Decreto 609/19 y sus normas modificatorias y concordantes”, se agregó en el decreto.

La gran duda del fin de semana: ¿Cómo impactará el nuevo régimen cambiario en los negocios concretos del agro?

Entre esas distorsiones el Decreto 28/23, ahora derogado, había creado un régimen para la promoción de las exportaciones similar al que había sido oportunamente adoptado por medio de otros decretos del gobierno anterior, y que habían creado diferentes “dólar soja”, o mecanismos para elevar artificialmente el tipo de cambio que usarían los exportadores.

“Los marcados desequilibrios existentes al momento de dictarse el decreto precitado ya no se verifican con igual magnitud en el presente, y ello gracias a las medidas económicas adoptadas a lo largo del último año”, definió el decreto, que ahora elimina el dólar blend 80/20.

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