Este año la ingeniera zootecnista Stella Maris Belmonte , quien trabaja desde 2018 como directora técnica de una industria elaboradora de chacinados (Fiambres Luvianka), está viviendo una auténtica pesadilla porque puede llegar a quedarse sin su fuente de sustento a causa de una norma burocrática.
Todo comenzó el pasado 30 de mayo, cuando fue notificada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) que había sido dada de baja del Registro de Directores Técnicos.
Inicialmente pensó que se trataba de un error, pero luego descubrió que el 10 de abril de este año Alejandro Gabriel Fernández, director nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa, había publicado un memorándum que establece que “en establecimientos de faena y elaboradores para todas las especies (bovina, ovina, porcina, aviar, equina, caza, etcétera) las funciones de director técnico deben ser desempeñadas por un profesional veterinario o médico veterinario”.
El memorándum también señala que el Senasa, “ante la solicitud puntual de un establecimiento respecto de la posibilidad de contar con un director técnico cuya profesión no se encuentre contemplada en las citadas en el presente (es decir, no sea veterinario), debe evaluar dicha solicitud para su aceptación”. Es decir: absoluta discrecionalidad.
Las resoluciones 791/2017 y 668/2021 del Senasa, que regulan la actividad del director técnico de planta de faena (ciclo I), industrias elaboradoras (ciclo II) y depósitos (ciclo III), determina que en los ciclo II –donde trabaja Stella–, además de veterinarios, se permiten profesiones afines que tengan competencia en inocuidad y manipulación de alimentos.
La cuestión es que la laxitud del término “afines” permite a los burócratas del Senasa disponer arbitrariamente qué títulos y profesionales pueden o no ejercer esa tarea.
Stella no se quedó quieta y comunicó su situación a la Asociación Argentina de Zootecnistas de Argentina (AIZA), quienes, a su vez, recurrieron a la Asociación Universitaria de Educación Agropecuaria Superior (Audeas), una entidad que agrupa a las principales facultades de ciencias agropecuarias de universidades nacionales, cuyas autoridades establecieron contactos con directivos del Senasa para intentar resolver la cuestión.
Por medio de un carta enviada el pasado 20 de octubre a la presidenta del Senasa, Diana María Guillén, las autoridades de Audeas expusieron evidencia que indica que “los ingenieros zootecnistas se encuentran habilitados por el Ministerio de Educación, único organismo nacional que posee las facultades para establecer las actividades propias de la profesión de cada carrera de grado incluida en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior, para desarrollar la dirección técnica de los establecimientos frigoríficos ciclo II”.
Nota presidencia SENASA sobre memorando DNCIA
Stella volvió a presentar el 29 de septiembre la documentación necesaria para que el Senasa revalide su cargo como directora técnica del establecimiento en el que trabaja, pero el trámite, desde entonces, quedó en suspenso.
Por el momento Stella sigue trabajando en la empresa, pero está en una fase de transición, preparando a otra profesional –una ingeniera en alimentos–, quien se hará cargo de la tarea en caso de que su cargo no sea revalidado –como se había hecho en los años anteriores– por el burócrata de turno del Senasa. La cuestión es que, tal como están las cosas, esa ingeniera en alimentos podría ser quizás vetada por otro burócrata en el futuro.
El caso de Stella, que no es único porque existen otros ingenieros zootecnistas con el mismo inconveniente, es una muestra de cómo el Estado puede joderle la vida gratuitamente a un trabajador por el capricho de un funcionario.
Se supone que la función de un organismo como el Senasa es regular las diferentes actividades sin la necesidad de establecer “cotos de caza” exclusivos para determinadas profesiones, dado que, en el última instancia, esa decisión implica reducir la cantidad de profesionales disponibles, en este caso, para industrias cárnicas, lo que implica una intervención indirecta del mercado laboral.
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